Resolución de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones públicas previstas en la Orden de 13 de septiembre de 2021, por la que se regula el programa de empleo y formación en la C
Cuánto es
La persona participante cobra el salario de su contrato de formación en alternancia; la subvención va a la entidad
Quién la convoca
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Requisitos principales
Subvención para entidades públicas y sin ánimo de lucro de Andalucía que montan proyectos de empleo y formación; las personas beneficiarias finales son desempleadas inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, mayores de 16 años, que se contratan en alternancia.
Edad: aquellas personas demandantes de empleo no ocupadas que sean mayores de 16 años y que estén inscritas como tal en el Servicio Andaluz de Empleo
Situación: desempleado
La solicita la entidad (ayuntamiento o entidad sin ánimo de lucro), no la persona
La persona debe estar inscrita como demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo
Debe cumplir los requisitos para un contrato de formación en alternancia
Proyectos de 12 meses con mínimo 10 alumnos
Importe: La persona participante cobra el salario de su contrato de formación en alternancia; la subvención va a la entidad
Plazo: Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOJA (convocatoria publicada el 24/07/2026); fecha final no indicada en los trozos leídos
Cómo se solicita
Las entidades solicitan por vía electrónica; el alumnado es preseleccionado por el Servicio Andaluz de Empleo
AquíAyudamos te ayuda a encontrar ayudas: no las concede ni garantiza que te las den. Quien decide es el organismo que la convoca, después de revisar tu solicitud. Información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales: comprueba siempre las bases en el enlace oficial antes de solicitar, porque los plazos y las cuantías cambian.