Nombre oficial: Ayudas 2026 en materia de acogimiento familiar en Extremadura, por Resolución de 28 de noviembre de 2025
Asistencia SocialDónde se aplica: Comunidad autónoma✓ Oficial
Ayudas 2026 en materia de acogimiento familiar en Extremadura, por Resolución de 28 de noviembre de 2025
Cuánto es
391,07 €/mes por menor acogido en 2026 (incrementable un 50% en casos de necesidades especiales)
Quién la convoca
DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA
Requisitos principales
Personas físicas que tienen formalizado un acogimiento familiar (administrativo o judicial) de un menor del Sistema de Protección de Extremadura
Tener formalizado en vía administrativa o judicial un acogimiento familiar de un menor del Sistema de Protección de Extremadura (excepto guarda con fines de adopción)
No se exige declaración responsable de las prohibiciones del art. 12 de la Ley 6/2011, al tratarse de una ayuda finalista para el bienestar del menor
Incremento del 50% si el menor acogido tiene 0-2 años, es parte de un grupo de hermanos, tiene discapacidad, retraso en el desarrollo, trastornos graves de comportamiento o enfermedades graves
Importe: 391,07 €/mes por menor acogido en 2026 (incrementable un 50% en casos de necesidades especiales)
Plazo: Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026
Cómo se solicita
Solicitud dirigida a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, vía sede electrónica de la Junta de Extremadura (tramites.juntaex.es)
AquíAyudamos te ayuda a encontrar ayudas: no las concede ni garantiza que te las den. Quien decide es el organismo que la convoca, después de revisar tu solicitud. Información orientativa elaborada a partir de fuentes oficiales: comprueba siempre las bases en el enlace oficial antes de solicitar, porque los plazos y las cuantías cambian.